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Código Penal Artículo 274 bis 1 Estado de Coahuila de Zaragoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/04/2024

Código Penal Coahuila
Artículo 274 bis 1.

Comete delito de uso indebido de los sistemas de emergencia el que dolosamente por cualquier medio reporte hechos falsos a instituciones públicas o privadas que presten servicios de emergencia, protección civil, bomberos o seguridad pública y que haga necesaria la movilización y presencia de elementos de dicha institución.

Al responsable de esta conducta se le impondrán de seis a doce meses de prisión y multa de 50 a 200 días de salario mínimo vigente en el Estado.

Si por la comisión de este delito se provoca algún accidente o algún daño, personal o material, se impondrá de tres a cinco años de prisión y multa de 500 a 1,000 días de salario mínimo vigente en el Estado.

En caso de reincidencia se le impondrá hasta el doble de las sanciones establecidas.



Estado de Coahuila de Zaragoza Artículo 274 bis 1 Código Penal
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